La hipoteca inversa es un préstamo con garantía hipotecaria que permite a personas mayores de 65 años financiarse con su vivienda manteniendo la propiedad, tanto la nuda propiedad como el usufructo. La hipoteca inversa tiene como fin permitir a las personas mayores utilizar el patrimonio inmobiliario para aumentar la renta.
Se constituye una hipoteca sobre una vivienda recibiendo un porcentaje del valor de la misma, hasta un 60% como norma general. La forma de recibir el importe de la hipoteca puede ser en un pago único, en cuotas mensuales o una combinación de ambas.
La cuantia por la que se constituye la hipoteca depende fundamentalmente del valor de la vivienda y de la edad del propietario o propietarios.
Generalmente la hipoteca inversa cobra fuerza como una opción de obtener liquidez sobre una vivienda cuando el propietario o propietarios tienen herederos. Otro aspecto a tener en cuenta es que suele hacerse sobre la primera vivienda o vivienda habitual.
El heredero o herederos al recibir la vivienda en herencia tienen varias opciones de cancelación de la hipoteca; una primera consiste en vender la vivienda y saldar con la entidad el préstamo. Una segunda es constituir un nuevo préstamo para la cancelación de la hipoteca inversa existente, y una tercera es que los herederos aporten directamente la cantidad necesaria para cancelar el saldo hipotecario existente.
Normativa legal: regulada por la ley 41/2007, disposición adicional primera, regulación relativa a la hipoteca inversa.
Estamos inscritos en el registro estatal de empresas intermediarias de prestamos hipotecarios en el Instituto de Consumo con el Número 090/2015.


VENTAJAS DE LA HIPOTECA INVERSA.